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Sobre la Tutela Autodesignada

La figura legal de la Tutela Autodesignada fue incluida en el Código Civil para el Estado de Nayarit en Mayo de 2012; se abrió la posibilidad a toda persona mayor de edad y que goce de capacidad legal a designar por sí mismo de una manera consiente, libre, informada y espontánea un tutor, el cual se encargara de su persona y patrimonio, en caso de que se le declare en estado de incapacidad.

El objetivo primordial de la Tutela autodesignada es permitir que la persona, a través del tutor designado, manifieste y haga valer su voluntad y decisión sobre asuntos trascendentales de su vida; como lo son la guarda, asuntos médicos,   administración, y custodia de su patrimonio o incluso, en el caso de padecer alguna enfermedad terminal, decidir sobre el tipo de cuidados, procesos o tratamientos   médicos a seguir para el cuidado de su salud.

Debe otorgarse ante Notario Público, conforme a lo establecido en el Código Civil, en Escritura Pública, la designación de la persona que como Tutor designado por el interesado, precisando en la Escritura Pública todos los detalles, indicaciones y precisiones en que deberá actuar, para garantizar una vida digna y  plena que no le produzca dolores innecesarios o el alargamiento inútil de su vida; así como la conservación del patrimonio de la persona que lo designó como su Tutor, apegándose en su actuar a la voluntad expresada por el otorgante; pudiendo expresarse la persona que actuara  como tutor sustituto en el caso del fallecimiento o imposibilidad del titular designado.  

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